El Servicio de Administración Tributaria (SAT) colocó en calidad de presunción a 12 contribuyentes del estado de Chihuahua por facturas de operaciones inexistentes.
El Gobierno de México publicó este 5 de junio los nuevos listados de contribuyentes que aparecen en oficios de presunción emitidos conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, para designar lo que comúnmente se denominan «factureros».
Con este mecanismo, la autoridad fiscal identifica a personas físicas y morales que podrían haber emitido comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para realizar las operaciones reportadas.
Los nuevos casos incluyen a doce contribuyentes con domicilio fiscal en Chihuahua capital, Ciudad Juárez y Cuauhtémoc.
Cabe recordar que en semanas recientes el SAT publicó otros listados en los que declaró de manera definitiva a varios chihuahuenses como emisores de operaciones inexistentes, además de colocar a otros en calidad de presuntos responsables.
Los contribuyentes investigados
Chihuahua capital
Consultoría Ocean Ideas, S.A. de C.V.
Mendoza Cornelio Jesús Isidro.
Novalistica, S.A. de C.V.
Comercializadora de Artículos e Insumos en General Ansa, S.A. de C.V.
Ciudad Juárez
Cereceres María del Rosario.
Galarza Canedo Oscar.
Núñez Portillo María de Jesús.
Olivas Núñez Karen Liliana.
Olivas Núñez Perla Nalleli.
Pérez Bueno Nasario.
Solorio Haros Estela Guadalupe.
Cuauhtémoc
Castillo Chávez Alan Salvador.
De acuerdo con los datos adicionales publicados por la autoridad fiscal, los motivos del procedimiento incluyen presunta ausencia de activos, ausencia de personal, falta de infraestructura y falta de capacidad material para realizar las actividades económicas declaradas.
Consecuencias
Los contribuyentes incluidos en el listado de presunción tienen derecho a presentar pruebas y aclaraciones para desvirtuar los señalamientos del SAT.
Mientras se encuentran en esta etapa, sus nombres aparecen en un listado público de presunción.
Si no logran acreditar la materialidad de sus operaciones dentro de los plazos legales, la autoridad puede emitir una resolución definitiva e incorporarlos al listado de contribuyentes que emitieron facturas por operaciones inexistentes.
“Factureros”, según el Código Fiscal de la Federación
El primer párrafo del artículo 69-B establece que cuando el SAT detecte que un contribuyente emitió comprobantes fiscales digitales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para realizar las operaciones amparadas, presumirá que dichas operaciones son inexistentes.
El cuarto párrafo señala que, si el contribuyente no logra desvirtuar esa presunción, el SAT emitirá una resolución definitiva y publicará su nombre en un listado oficial.
A los contribuyentes que emiten facturas por operaciones inexistentes se les conoce comúnmente como “factureros”.
tiempo.com.mx
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