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Regularizará Conagua concesiones vencidas

La Comisión Nacional del Agua (Conagua) abrió «la llave» a una primera etapa de regularización para títulos de concesión y asignación de agua que vencieron desde 2009 y cuya prórroga no fue solicitada a tiempo.

El acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) permitirá regularizar títulos cuya vigencia haya terminado entre el 1 de enero de 2009 y la fecha en que entre en vigor el programa, siempre que correspondan a usos doméstico, público urbano, agrícola, pecuario, acuícola o a una combinación de estos.

Podrán acceder los distritos y unidades de riego, los ejidos y los gobiernos estatales y municipales que suministren directamente agua, sin límite de volumen.

También podrán participar personas físicas que tengan autorizado un volumen igual o menor a un millón de metros cúbicos anuales.

La medida representa una nueva oportunidad para usuarios que continuaron aprovechando pozos, presas u otras fuentes de abastecimiento, pero quedaron en una situación irregular por no solicitar la renovación dentro de los plazos establecidos por la Ley de Aguas Nacionales.

No se trata, sin embargo, de una renovación automática ni de un perdón general.

¿Qué deben hacer los usuarios?
Las personas, ejidos, unidades de riego, distritos y gobiernos interesados deberán seguir estos pasos:

Verificar que el título sea elegible. Debe haber vencido entre el 1 de enero de 2009 y la entrada en vigor del acuerdo, sin que se haya solicitado la prórroga a tiempo.
Confirmar el uso autorizado. El título debe corresponder a usos doméstico, público urbano, agrícola, pecuario, acuícola o a una combinación de estos.
Acreditar la personalidad del solicitante. Se deberá presentar la documentación legal correspondiente a la persona física, autoridad, ejido, distrito o unidad de riego.
Comprobar que el título está registrado. El aprovechamiento deberá contar con un asiento en el Registro Público Nacional del Agua.
Presentar los documentos de constitución. Los distritos de riego deberán exhibir su decreto o acuerdo de creación; las unidades de riego, su padrón de usuarios registrado ante la Conagua; y los ejidos, su documento de creación inscrito ante el Registro Agrario Nacional.
Aceptar las notificaciones electrónicas. El solicitante deberá proporcionar un correo electrónico y autorizar que las comunicaciones se realicen por esa vía.
Demostrar que la obra está funcionando. El pozo, infraestructura o sistema de aprovechamiento deberá estar equipado y haber operado durante los últimos dos años.
Contar con medidor. La obra deberá tener un medidor de volúmenes de agua u otro mecanismo de medición instalado y en funcionamiento.
Acreditar el agua utilizada. Será necesario presentar documentos que demuestren los volúmenes extraídos durante los últimos dos años.
Regularizar pagos y adeudos. Los solicitantes deberán estar al corriente en el pago de derechos de los últimos cinco ejercicios fiscales y no tener créditos fiscales ni multas administrativas exigibles.
Resolver trámites pendientes. No deberá existir una solicitud de transmisión de derechos en proceso, un procedimiento sancionador, un juicio o una anotación registral que impida la regularización.
Presentar la solicitud durante la vigencia del programa. El acuerdo estará disponible únicamente durante 365 días naturales.
Conagua revisará cuánto agua utilizan realmente
La Conagua verificará el consumo registrado durante los últimos dos años y podrá iniciar procesos de conciliación para ajustar el volumen autorizado al agua que efectivamente haya sido aprovechada.

Esto significa que un título podría ser regularizado con un volumen menor al que originalmente tenía concedido cuando la autoridad determine que una parte del recurso no fue utilizada.

Para realizar estos ajustes se deberán considerar la disponibilidad hídrica, las condiciones climatológicas, las necesidades de la población y los ecosistemas, la seguridad alimentaria, el desarrollo nacional y el nivel de marginación de las comunidades.

La medida puede beneficiar a productores que necesitan certeza para mantener sus cultivos y ganado, pero también permitirá a la autoridad recuperar o reasignar volúmenes que no estén siendo aprovechados.

Deudas, multas y litigios pueden cerrar la puerta
El programa excluye a quienes tengan créditos fiscales firmes, multas administrativas pendientes, procedimientos sancionadores o juicios relacionados con la concesión.

Tampoco podrán regularizarse títulos con trámites pendientes de transmisión de derechos, anotaciones registrales que impidan el procedimiento o resoluciones definitivas de revocación o extinción.

Los aprovechamientos destinados al uso agroindustrial quedaron fuera de esta primera etapa.

Rezago de trámites será notificado por estrados
El acuerdo también busca resolver el rezago de títulos y resoluciones que permanecen sin ser notificados, pese a que algunos trámites fueron ingresados antes del 12 de diciembre de 2025.

La Conagua deberá publicar en internet un listado con las resoluciones pendientes y señalar las oficinas donde estarán disponibles.

Las personas interesadas tendrán 90 días naturales para acudir a notificarse personalmente. Una vez agotado el plazo, las resoluciones podrán darse por notificadas mediante estrados físicos y digitales.

Además, quienes hayan recibido resoluciones favorables desde el 1 de abril de 2019, pero cuyos títulos todavía no aparezcan inscritos en el Registro Público Nacional del Agua, podrán solicitar su incorporación.

Solamente 365 días para regularizarse
El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y tendrá una duración de 365 días naturales.

Durante ese periodo, los usuarios deberán reunir la documentación, acreditar el uso efectivo del agua y resolver cualquier adeudo o irregularidad que pueda impedir el procedimiento.

La regularización puede devolver certeza jurídica a productores, comunidades y municipios que dependen diariamente del agua, pero también abre una revisión profunda de cuánto recurso está concesionado, quién lo utiliza y qué volúmenes podrían ser reducidos.

El documento, firmado el 15 de junio de 2026 por el director general de la Conagua, Efraín Morales López, establece que esta será únicamente la primera etapa y que las disposiciones para los procesos posteriores serán publicadas una vez concluido el plazo anual.

tiempo.com.mx


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